Protocolo para la realización de actividades complementarias y extraescolares

Las Actividades Extraescolares son aquellas actividades, que pueden no estar relacionadas directamente con el currículo, desarrolladas fuera del horario lectivo, dentro o fuera del Centro y que tendrán carácter voluntario para el alumnado y, en ningún caso, formarán parte del proceso de evaluación.

Las Actividades Complementarias son aquellas actividades, relacionadas con el currículo, desarrolladas durante el horario lectivo, dentro o fuera del Centro, de carácter obligatorio para el alumnado y que podrán generar actividades que formen parte del proceso de evaluación.


ORGANIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES:


1º. Los/as jefes/as de Departamentos Didácticos entregarán al Jefe de Departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares (Dña. Teresa Pérez Rodríguez) en la primera quincena de octubre, como fecha límite,  las propuestas de actividades Extraescolares y Complementarias incluidas en las programaciones Didácticas de los Departamentos. Para cada una de las actividades propuestas, debe figurar, al menos, los siguientes datos:

  • Denominación de la actividad.
  • Objetivos Didácticos, justificación curricular de la actividad.
  • Descripción de la actividad.
  • Cursos a los que va dirigida y número de alumnos para los que está prevista.
  • Fecha aproximada de realización.
  • Profesores responsables de la misma.

2º. El jefe de departamento despachará con Dirección las propuestas recibidas para su inclusión en el Plan Anual de Centro y pasar a ser aprobadas por el Consejo Escolar.
3º. Posteriormente se comunicará a los/as jefes/as de Departamentos la aprobación o no de las actividades. Asimismo, podrá, siempre que lo considere necesario,  supervisar aquellas actividades que se vayan a realizar.
4º. Aquellas actividades no incluidas en las Programaciones Didácticas, requieren  la aprobación del Consejo Escolar, que se solicitará a través de una petición formulada ante la Dirección del Centro, al menos con un mes de antelación a la fecha de su realización. Dicha petición será firmada por el Jefe de Departamento que proponga la actividad e incluirá los mismos datos que se detallan en las Programaciones Didácticas. El Consejo Escolar autorizará sólo aquellas actividades suficientemente razonadas o justificadas.
5º. Con carácter general, no se programarán actividades en el tercer trimestre del curso, para los cursos de Bachillerato, ni en los 15 días previos a las sesiones de evaluación, en todos los niveles.

 

REALIZACIÓN DE LAS ACTIVIDADES:

La participación mínima de alumnos/as, para que la actividad se desarrolle, debe ser del 50 % del total de alumnos/as del grupo que asisten regularmente, en caso contrario la actividad se suspenderá.
El profesorado responsable de la actividad, se encargará de: 


  • Entregar un informe al/la jefe/a de departamento de Actividades Complementarias y Extraescolares y una copia a jefatura de estudios sobre la actividad a realizar, así como un listado provisional de los/as alumnos/as asistentes con una antelación de 15 días.
  • En estas actividades no podrán participar aquellos alumnos que hayan sido sancionados con la pérdida del derecho a participar en las Actividades Extraescolares y Complementarias. El Reglamento de nuestro IES dice que no pueden participar en Actividades complementarias y/o extraescolares aquellos alumnos/as que hayan sido expulsados, desde el día siguiente a la comisión de la conducta gravemente perjudicial hasta tres meses después. Aquellos/as que tengan un parte o dos y no hayan sido expulsados, queda a criterio del profesorado que organiza la actividad, previa consulta al tutor/a.
  • Informar a los padres/madres o tutores legales del alumnado, y solicitar la autorización para la participación de sus hijos/as, según el impreso autorización de padres para la realización de actividades extraescolares y complementarias.  
  • Recoger las autorizaciones de los padres/madres o tutores legales del alumnado y el dinero que los alumnos/as pudieran aportar para la realización de la actividad y encargarse de su custodia. Las autorizaciones y el dinero se recogerán al menos con una semana de antelación y servirán para fijar la lista definitiva de participantes, quedando excluido el alumnado que no haya cumplido estos requisitos. Si en el listado definitivo no se alcanza el 50% (del total que asiste regularmente a clase), se suspenderá la actividad.
  • El listado definitivo debe entregarlo en jefatura y hacerlo público en los tablones de anuncios del mostrador del puesto de guardia junto con el profesorado acompañante.
  • El número de profesores/as acompañantes, de forma generalizada, se establece que sea de uno por cada 20 alumnos/as. Nuestro Reglamento indica que los profesores/as que deben acompañar al alumnado a la actividad sean, por este orden:
  • Organizadores de la actividad.
  • Tutores/as de los cursos a los que va dirigida.
  • Resto de profesorado del Equipo Educativo del curso de la actividad, atendiendo al criterio de antigüedad en el Centro, en caso de que haya muchos interesados.


Por motivos COVID se podrán hacer actividades telemáticas, salidas con un sólo grupo clase y, a ser posible, al aire libre. En el centro se podrán llevar a cabo talleres, charlas siempre que se hagan al aire libre o en el pabellón.